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Juana, la Reina encerrada

La detención ilegal a la que estuvo sometida Juana hoy en día habría sido considerada delito del artículo 163.3 del Código Penal (encierro superior a quince días) y quizá en el tipo agravado del artículo 166.2.a: Persona con discapacidad necesitada de especial protección

Natalia Velilla Antolín por Natalia Velilla Antolín
29 marzo, 2020
en Un poco de Historia
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Home Arte y Cultura Un poco de Historia
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Tras el retiro forzado por el Estado de Alarma declarado, pensé en dedicar mi columna a alguna obra relacionada con la enfermedad, como la peste, por ejemplo, El triunfo de la muerte (1562) de Peter Bruhegel (El Viejo). Pero creo que no es momento de transmitir mensajes pesimistas. Por ello, decidí que el encierro al que nos vemos obligados fuera quien me inspirase para mi columna semanal. Pensé en  Juana La Loca, Reina de Castilla a quien la historia no le ha hecho la justicia que merece. Una mujer víctima de los tres hombres de su vida, aquellos que debieron haberla amado más que nadie, su padre Fernando, su marido Felipe y su hijo Carlos, y que, sin embargo, le fallaron.

Juana de Castilla fue una infanta desgraciada. Educada para ser esposa y no reina, su madre le procuró una formación basada en la obediencia y las maneras cortesanas de protocolo y urbanidad. Su hermano Juan, heredero del trono, fue preparado para gobernar. La relación de Juana con sus padres no fue buena: la reina Isabel renegaba de su hija por no abrazar la fe católica, ya que rehusaba confesarse e ir a misa, y su padre, Fernando de Aragón, la utilizó para gobernar Castilla. Fue una mujer manipulada y desprestigiada, un instrumento de poder.


Fue una mujer manipulada y desprestigiada, un instrumento de poder


La fama de “loca” de la Reina, hoy en día se sabe que fue alimentada por su padre y por su hijo Carlos I. Juana fue desposada con Felipe, Archiduque de Austria e hijo del Emperador Maximiliano I de Habsburgo, príncipe flamenco de conocida belleza (de ahí su sobrenombre El Hermoso), del cual se enamoró perdidamente cuando le conoció, justo en los días previos a contraer el matrimonio concertado por sus respectivos padres. La relación de Juana con Felipe se deterioró cuando éste último perdió interés en su esposa, alimentando unos celos que los historiadores han tachado de patológicos.

Juana, el eslabón necesario

Juana tuvo seis hijos con Felipe, el segundo de los cuales sería el futuro Emperador Carlos I de España y V de Alemania. Cuando los hermanos mayores de Juana, Juan e Isabel, así como el hijo de esta última, Miguel de Paz, fallecieron, Juana y Felipe se convirtieron en Infantes de Castilla.

Más tarde, en 1504, a la muerte de Isabel, Juana se transformó oficialmente en la Reina de Castilla, aunque no llegó a ejercer como tal en toda su vida. En 1506 falleció su esposo Felipe, cuando Juana se hallaba embarazada de su sexta hija, Catalina.

Comoquiera que Juana no quiso nunca desprenderse del cuerpo de su esposo cuyo féretro acompañó durante ocho meses por tierras castellanas en un insólito cortejo fúnebre, su padre, Fernando, aprovechó la fama de excéntrica que ya tenía la Reina para fomentar la idea de que no estaba en plenitud de facultades mentales, ordenando su reclusión en la casona-palacio-cárcel de Tordesillas, donde permaneció desde 1509 hasta 1555, fecha de su muerte, con la sola compañía de su hija pequeña, Catalina, la cual salió del encierro para casarse en 1525.

Juana, la loca
Tordesillas, lugar de reclusión de la Reina Juana

El confinamiento de la Reina tenía por finalidad mantener su fama de enferma mental y así evitar en tiempos de reinado de su padre Fernando que cualquier noble europeo accediese a la mano de Juana convirtiéndose en rey de Castilla y, en tiempos de su hijo Carlos, quien mantuvo a su madre encerrada aprovechando la misma estrategia que su abuelo, apaciguar las revueltas de los comuneros de Castilla, detractores del joven futuro rey.

Si la ley actual rigiera entonces, ¿qué habría pasado?

La detención ilegal a la que estuvo sometida Juana hoy en día habría sido considerada delito del artículo 163.3 del Código Penal (encierro superior a quince días) y quizá en el tipo agravado del artículo 166.2.a: Persona con discapacidad necesitada de especial protección. En el peor de los casos, la condena habría sido de quince a veinte años de prisión, una pena teórica muy inferior al daño causado a la víctima. Lo cierto es que, al margen de la imposibilidad de aplicar las leyes actuales a un hecho histórico pasado, hay conductas que, por su gravedad, no tienen una respuesta lo suficientemente proporcionada al perjuicio causado.

Aunque parezca imposible que esto se pudiera reproducir en la actualidad, de vez en cuando asistimos a noticias en algún lugar del mundo donde sale a la luz un caso de secuestro prolongado en condiciones infrahumanas al que el derecho punitivo parece no darle una respuesta satisfactoria. Quizá porque las víctimas de este tipo de delitos nunca puedan ser restituidas.


La detención ilegal a la que estuvo sometida Juana hoy en día habría sido considerada delito del artículo 163.3 del Código Penal (encierro superior a quince días) y quizá en el tipo agravado del artículo 166.2.a: Persona con discapacidad necesitada de especial protección


Juana en el arte

La soledad, la incomprensión, la injusticia y la tristeza se cernieron sobre la mujer más poderosa del mundo, aunque nunca fuera consciente de ese poder. Su padre, su hijo, e incluso su nieto Felipe II, se ocuparon de quemar todo vestigio documental del encierro de Juana en Tordesillas, privando a la historia de su figura, actualmente en revisión.

Juana, la loca
‘La reina doña Juana la Loca, recluida en Tordesillas’, por Francisco Pradilla. Museo del Prado

Son muchos los cuadros que han representado a Juana. El más conocido quizá sea el de  Francisco Pradilla en el Museo del Prado donde se manifiesta una doliente viuda embarazada, acompañando el féretro de Felipe El Hermoso, rodeada del cortejo fúnebre de nobles y damas de compañía. Pero yo quiero centrar la atención en otro cuadro del mismo pintor,  La reina doña Juana la Loca, recluida en Tordesillas con su hija, la infanta doña Catalina (1906). El pintor aragonés, que llegó a ser director del  Museo del Prado, se destaca por una ejecución clasicista de la corriente academicista.

En su obra, reflejo del encierro de Doña Juana, se representa una estancia amplia y desordenada del palacio vallisoletano de Tordesillas, dividida en cuatro planos. En el primer plano, a la izquierda, Juana está sentada ante una ventana atendiendo a una niña pequeña vestida de rojo (Catalina). La Reina no presta atención a su hija, sino que mira con unos ojos entre tristes y ausentes, al espectador.

En el primer plano de la derecha, la acompañan dos damas de compañía: la primera porta un rosario (recordemos que Juana no era religiosa, lo que demuestra el sometimiento de la hija a los designios de su padre) y la segunda de ellas, hila lana mientras mira a la Reina con gesto de indiferencia.  Detrás de las sirvientas, en segundo plano, una inmensa chimenea gótica con arco flamígero, típico en España de la época de los reyes católicos (también llamado gótico isabelino, un estilo gótico de influencia flamenca), constituye, junto con la ventana en la que está la reina, el segundo punto de luz de la estancia.

Además de detalles góticos en la habitación, hay una jaula con un canario, juguetes de la infanta por el suelo, cuadros religiosos y un crucifijo. Finalmente, en segundo plano a la izquierda, detrás de la reina, una habitación con la puerta abierta muestra el féretro de Felipe El Hermoso. 

Un cuadro precioso, en definitiva, que muestra el perfil psicológico de una mujer con quien la historia tiene una enorme deuda de honor.

Articulo publicado en www.lawyerpress.com

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Natalia Velilla Antolín

Natalia Velilla Antolín

Es magistrada. Licenciada en Derecho y Empresariales por la Universidad Pontificia de Comillas ICADE. Especialista en derecho de familia, destinada actualmente en un juzgado de lo social de Madrid. Columnista semanal en Lawyerpress, ha publicado numerosos artículos de opinión en Expansión, Hay Derecho, El Confidencial, Vozpopuli y El Español. Ponente y directora de cursos en la Escuela Judicial del CGPJ, Universidad Carlos III y Universidad Europea de Madrid. Ha publicado artículos doctrinales en el Centro de Documentación Judicial, la editorial SEPIN, los boletines de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria y en el Consejo de la Judicatura de México. Ha publicado artículos doctrinales en el Centro de Documentación Judicial, la editorial SEPIN, los boletines de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria y en el Consejo de la Judicatura de México.

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